¿Qué dice el artículo 46 y 47 de la Ley Federal del Trabajo?

¿Qué dice el artículo 46 y 47 de la Ley Federal del Trabajo?

El artículo 46 de la Ley Federal del Trabajo establece que el salario es la retribución que el trabajador debe recibir por su labor, ya sea en efectivo o en especie, de acuerdo con lo acordado en el contrato de trabajo o con las disposiciones legales correspondientes. Además, indica que el salario mínimo es la cantidad menor que debe recibir un trabajador por su jornada laboral.

Por otro lado, el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo establece que el salario debe ser pagado en moneda de curso legal, es decir, en pesos mexicanos, y en la fecha y lugar acordados. También señala que el pago del salario debe ser completo y en efectivo, salvo que exista una autorización escrita por parte del trabajador para realizar descuentos o retenciones.

Estos dos artículos son fundamentales para garantizar los derechos laborales de los trabajadores en México. El salario, como remuneración por el trabajo realizado, es un componente vital para el sustento y bienestar de los trabajadores y sus familias. Además, el artículo 47 protege contra prácticas abusivas por parte de los empleadores, al establecer que el pago debe realizarse en moneda legal y en las condiciones acordadas.

El artículo 46 y 47 de la Ley Federal del Trabajo son parte de las disposiciones que buscan salvaguardar los derechos de los trabajadores en México y garantizar condiciones justas y equitativas en el ámbito laboral. Es importante que tanto empleadores como trabajadores conozcan y cumplan con estas disposiciones, para contribuir a un ambiente laboral sano y respetuoso.

¿Qué dice Artículo 47 Ley Federal del Trabajo?

El Artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo establece el derecho del trabajador a recibir un aguinaldo anual. Este beneficio consiste en una gratificación económica que debe ser pagada antes del 20 de diciembre de cada año.

De acuerdo con este artículo, todo trabajador tiene derecho a recibir un aguinaldo equivalente a por lo menos quince días de salario por el tiempo trabajado durante el año. Sin embargo, si el trabajador lleva menos de un año en la empresa, el aguinaldo se calculará de forma proporcional al tiempo laborado.

Además, el monto del aguinaldo no puede ser inferior al salario mínimo vigente en el área geográfica donde se presta el servicio. Es importante destacar que el aguinaldo es un derecho irrenunciable y no puede ser objeto de descuentos o compensaciones, a menos que exista una autorización por escrito del trabajador.

El Artículo 47 también establece que los trabajadores eventuales tienen derecho a recibir un aguinaldo proporcional a los días trabajados durante el año. Por otro lado, en el caso de los trabajadores de confianza y aquellos que perciben comisiones, el aguinaldo se calcula considerando el promedio de las comisiones o gratificaciones percibidas durante el año.

En cuanto a la forma de pago, el artículo estipula que el aguinaldo debe ser entregado en efectivo al trabajador, salvo que este último y el empleador acuerden que sea entregado en especie o en algún otro medio de pago que sea conveniente para ambas partes.

En resumen, el Artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo garantiza el derecho de los trabajadores a recibir un aguinaldo anual, que debe ser equivalente a por lo menos quince días de salario, pagado antes del 20 de diciembre. Este beneficio no puede ser inferior al salario mínimo y no puede ser objeto de descuentos sin autorización del trabajador. Además, establece cómo se calcula el aguinaldo para los trabajadores eventuales y aquellos que perciben comisiones o gratificaciones. Por último, la forma de pago debe ser en efectivo, a menos que se acuerde de otra manera entre el empleador y el trabajador.

¿Qué dice el artículo 46 del trabajo?

El artículo 46 del trabajo es una disposición legal que establece los derechos y obligaciones tanto del empleador como del trabajador en México.

Este artículo establece que todo trabajador tiene derecho a una remuneración justa y suficiente por el trabajo que realiza. Además, indica que esta remuneración debe ser pagada puntualmente y en moneda de curso legal.

El artículo 46 también regula las condiciones de jornada laboral, estableciendo que la duración máxima de esta no debe exceder las ocho horas diarias o las 48 horas semanales. Asimismo, indica que los trabajadores tienen derecho a un descanso semanal de al menos 24 horas después de haber laborado seis días consecutivos.

Además, el artículo 46 señala que todo trabajador tiene derecho a recibir aguinaldo anual, equivalente a por lo menos 15 días de salario. También establece que los trabajadores tienen derecho a un periodo de vacaciones remuneradas, el cual debe ser pagado con un salario doble en relación al periodo de descanso.

Otro aspecto que regula el artículo 46 es el de las prestaciones adicionales, como el seguro social y las indemnizaciones por despido injustificado. Estas prestaciones tienen como objetivo garantizar la seguridad social y económica del trabajador en caso de accidentes laborales o cese de la relación laboral sin motivo justificado.

En resumen, el artículo 46 del trabajo establece los derechos básicos de los trabajadores en México, como la remuneración justa, jornada laboral adecuada, aguinaldo, vacaciones y prestaciones sociales. Estas disposiciones legales buscan proteger los derechos de los trabajadores y promover un ambiente laboral justo y equitativo.

¿Que nos menciona el artículo 47 y 48 LFT en cuanto a la rescisión laboral?

El artículo 47 y 48 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) en México establece las reglas y condiciones para la rescisión laboral entre el empleador y el empleado.

De acuerdo con el artículo 47, la rescisión laboral podrá llevarse a cabo por alguna de las siguientes causas:

  1. Engañar al empleado en cuanto a las condiciones de trabajo. Si el empleador hace falsas promesas o engaña al empleado en cuanto a las condiciones laborales, esto puede ser motivo de rescisión.
  2. No pagar el salario correspondiente al trabajador. Si el empleador deja de pagar el salario acordado al trabajador, éste tiene derecho a solicitar la rescisión laboral.
  3. Sufrir algún daño físico o moral por parte del empleador. Si el empleado es víctima de maltrato físico o moral por parte del empleador, puede solicitar la rescisión.
  4. Dañar la reputación o imagen del trabajador. Si el empleador difama al trabajador o realiza acciones que perjudiquen su reputación, esto puede ser motivo de rescisión.

Por otro lado, el artículo 48 establece que el empleado también puede solicitar la rescisión laboral por las siguientes causas:

  1. Sufrir violencia o acoso laboral. Si el empleado es víctima de violencia o acoso laboral por parte de sus compañeros o superiores, puede solicitar la rescisión.
  2. No recibir las prestaciones y derechos laborales correspondientes. Si el empleador no cumple con otorgar las prestaciones y derechos laborales establecidos por la ley, el empleado puede solicitar la rescisión.
  3. Realizar trabajos diferentes a los acordados inicialmente. Si el empleador realiza cambios en las funciones o tareas del empleado sin su consentimiento, esto puede ser motivo de rescisión.
  4. Sufrir algún daño físico o moral por parte de un compañero de trabajo. Si el empleado es víctima de maltrato físico o moral por parte de un compañero de trabajo y el empleador no toma las medidas necesarias, puede solicitar la rescisión.

En resumen, el artículo 47 y 48 de la LFT señalan los motivos por los cuales tanto el empleador como el empleado pueden solicitar la rescisión laboral. Si se presentan estas situaciones, se deben seguir los procedimientos establecidos por la ley para llevar a cabo la rescisión y proteger los derechos de ambas partes involucradas.

¿Qué quiere decir el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo?

El artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo establece las disposiciones respecto a la jornada de trabajo en México. De acuerdo con este artículo, la jornada máxima ordinaria de trabajo es de 8 horas al día y 48 horas a la semana.

En caso de que se exceda la jornada máxima, se considerará tiempo extra y deberá ser pagado con un 100% más del salario correspondiente a las horas normales de trabajo. Es importante señalar que el trabajador no puede ser obligado a trabajar horas extras, a menos que exista una necesidad justificada y se le pague una remuneración adicional.

El artículo 48 también establece que el descanso obligatorio es de medio día durante la jornada de trabajo, siempre y cuando esta sea mayor a 6 horas. Este descanso debe ser pagado y no se puede utilizar como parte de la jornada laboral.

Además, el artículo menciona que los trabajadores tienen derecho a un día de descanso semanal. Este día de descanso debe ser preferentemente los domingos y no puede ser compensado con dinero.

Por último, el artículo 48 establece que las mujeres tienen derecho a un descanso prenatal de 6 semanas antes de la fecha estimada de parto y un descanso postnatal de 6 semanas posteriores al parto. En caso de que se trate de un parto múltiple, el descanso se amplía a 8 semanas. Durante este periodo, la trabajadora tendrá derecho a recibir su salario íntegro.

En resumen, el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo regula aspectos importantes como la jornada de trabajo, las horas extra, los descansos obligatorios y los derechos de las mujeres durante el embarazo y el parto.

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